El Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha condenado a un conductor como autor de un delito de lesiones por imprudencia grave por el atropello de un peatón que cruzaba un paso de cebra en el barrio de Iturrama de Pamplona. La jueza, que aprecia la atenuante de dilaciones indebidas, le impone el pago de una multa de 1.080 euros y le retira un año el carné de conducir.
Los hechos ocurrieron el día 19 de julio de 2019 sobre las 11.15 horas, cuando el conducía por la calle Iturrama de Pamplona, en el vehículo de su propiedad y tras circular por una rotonda, al llegar al paso de peatones situado a la altura del cruce de tal calle con la calle Iñigo Arista, no se apercibió de que un viandante de 73 años de edad estaba atravesando ese paso de peatones y le impactó, lanzándole a una distancia de más de 7 metros. El hombre, representado por el abogado Francisco Javier Moreno-Vidal, sufrió lesiones graves y secuelas importantes como consecuencia del atropello.
Aunque el acusado sostuvo en el juicio que no pudo ver al peatón porque irrumpió en la calzada desde la mediana y no se encontraba en el paso de peatones, la magistrada dice que “a la vista de lo que revelan las fotos incluidas en el atestado, en la mediana no hay árboles, sino una línea de árboles, y tal línea no dificulta en modo alguno la visión”.
A ello añade que los agentes declararon en el juicio que cuando llegaron al lugar de los hechos y hablaron con el acusado, “éste en ningún momento les mencionó acerca de que el peatón no estuviera en el paso de peatones y que apareciera entre los árboles, sino que dijo simplemente que no le vio”.
En definitiva, dice la sentencia, “la prueba de descargo no prevalece frente a la calidad convictiva de la prueba de cargo, acreditativa de la comisión de un delito de imprudencia grave con resultado de lesiones, pues el hecho de atropellar a una persona que se encuentra atravesando un paso de peatones supone una grave infracción de las normas más elementales que ha de respetar quien conduce un vehículo a motor”.