pamplona - La asociación de consumidores de Navarra Irache ha ganado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Tudela una sentencia contra el Banco Popular, que deberá devolver al afectado los 2.600 euros que invirtió en acciones de la entidad en noviembre de 2016, una adquisición que el juez considera que se realizó sin que la ampliación de capital publicitada reflejara adecuadamente la situación financiera real del Popular. Conviene recordar que el 7 de junio de 2017 el Popular fue vendido al Banco Santander por un euro y como consecuencia de esta operación, los accionistas y los titulares de deuda subordinada de la entidad perdieron todo el valor de sus inversiones. La asociación defiende a más de 180 afectados y ha presentado ya quince demandas en los juzgados reclamando las inversiones de sus asociados, con cantidades que oscilan entre los 2.000 y los 80.000 euros.

El cliente presentó una demanda tras haber adquirido las acciones sin que hubiera recibido una labor de asesoramiento necesario previo al cliente y estudio detallado para este tipo de instrumentos financieros y sin aportar veracidad sobre el estado financiero de la entidad. La parte demandada, en este caso el Popular, no negó que efectivamente se firmara dicho contrato pero alegó una que se había ofrecido una completa información del producto al demandante y que a ello debía unirse sus propios conocimientos financieros previos, por lo que defendió la validez de la compra y el estado financiero del banco, así como los hechos posteriores a la compra. El juez recuerda la obligación del banco de proporcionar en estos casos una información “clara y comprensible” sobre su situación financiera, una información muy relevante a la hora de adquirir acciones. Tras examinar la documentación, el juez concluye que las cuentas publicadas por el Banco Popular en los años previos a la ampliación de capital “no reflejaban adecuadamente la situación financiera real”. Afirma el fallo que el Popular venía exteriorizando una imagen de “fortaleza y solvencia” que “no reflejaba fielmente” su estado real y que debido a la falsedad de esos datos se hizo pensar al inversor que iba a ser accionista de una sociedad con beneficios cuando en realidad está suscribiendo acciones de su sociedad “con pérdidas muy importantes”. - E.C.