- La extraordinaria situación generada por la crisis del coronavirus ha llevado al Gobierno foral a aprobar un decreto de ley foral con medidas económicas y de protección social, que anunció ayer la presidenta de Navarra, María Chivite, ante "la situación de excepcionalidad, gravedad y relevancia que vivimos". Así, la norma busca garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales, por lo que contiene medidas que permiten la inmediatez a la hora de realizar contrataciones del personal. De la misma forma, se podrá incorporar al sistema al mayor número de profesionales que puedan prestar servicios ante una "eventual" escasez de personal en los puestos de trabajo en los que sea imprescindible.

Posibles cambios de puestos y de calendarios

Para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales, el decreto recoge que la Administración foral y sus órganos competentes -Osasunbidea, entre ellos- podrán imponer a cualquier empleado público servicios extraordinarios -ya sea por su duración o por su naturaleza- que esté encaminado a garantizar la protección de personas, bienes y lugares y la prestación de la asistencia sanitaria. Estos servicios podrán ir dirigidos a la encomienda de funciones distintas de las correspondientes al puesto de trabajo, categoría o especialidad del trabajador. Bastará con que cuente con experiencia o capacitación suficiente para la realización de las funciones. En caso de que las retribuciones del nuevo puesto de trabajo sean superiores a las desempeñadas de manera habitual, se abonarán.

De la misma forma, el decreto contiene medidas en materia de movilidad -geográfica, interdepartamental o entre centros de trabajo- y de jornada de trabajo y descanso, pudiendo revocarse o suspenderse permisos, licencias, vacaciones y reducciones de jornada ya concedidos. Asimismo, se podrá denegar o suspender cualquier tipo de situación administrativa, permisos de reparto del empleo, procediendo a la oportuna regularización retributiva y sin que la reincorporación del personal a su puesto de trabajo conlleve la finalización de los contratos temporales de sustitución.

Todas estas medidas buscan tener el mayor margen de maniobra posible para cubrir las necesidades del sistema, especialmente el sanitario, ante un virus que avanza a una velocidad vertiginosa. No obstante, se deberá garantizar que los descansos semanales no sumen menos de 70 horas, con un promedio de descanso entre jornadas de trabajo de diez horas. Además, las medidas se adoptarán con el fin de contribuir a la correcta prestación asistencial utilizando de manera racional los recursos humanos disponibles y no será de aplicación a mujeres en estado de gestación.

Contratación de aspirantes en lista

Ante la posible falta de personal, especialmente en el ámbito sanitario, el decreto también flexibiliza las incompatibilidades. Así, se podrá autorizar la compatibilidad de profesionales ajenos al sistema público para que puedan pasar a prestar servicios en la Administración foral y en sus organismos autónomos.

También los aspirantes en listas de contratación temporal podrán ser requeridos para ser contratados en régimen administrativo en cualquier ámbito, y se intentará respetar el orden de prelación de los aspirantes. No obstante, de manera excepcional, la Administración podrá contratar a las personas más indicadas en función de su adaptación y conocimiento del puesto de trabajo a cubrir.

Liberados sindicales y jubilados

La previsión que maneja el departamento de Salud es que todavía no se ha llegado al pico de infecciones por coronavirus y que durante los próximos días seguirán incrementándose los positivos, lo que previsiblemente supondrá una mayor saturación del sistema sanitario. Por ello, se facilitará la reincorporación de personal con dispensa absoluta por la realización de funciones sindicales -liberados sindicales- y de profesionales sanitarios jubilados, así como la prolongación del servicio activo.

Así, los liberados sindicales podrán solicitar voluntariamente su reincorporación para desempeñar funciones asistenciales relacionadas con la atención al COVID-19, sin que esto suponga el cese del personal sustituto. Asimismo, se permitirá la prolongación del servicio activo para aquellos profesionales cuya permanencia vaya a finalizar. De la misma forma, los profesionales sanitarios jubilados -también los acogidos al Montepío de funcionarios-, menores de 70 años, podrán ser reincorporados al servicio activo. Por último, con el fin de garantizar una prestación continuada de asistencia sanitaria, Osasunbidea podrá, de manera excepcional, revocar con carácter general o individual las exenciones de guardias vigentes del personal facultativo.

En otro orden de cosas, para evitar que el personal docente en prácticas pueda sufrir perjuicios por la suspensión de la actividad educativa presencial, se prevé que el periodo de parón de la actividad educativa se compute como prácticas a efectos de la evaluación de las mismas.