Desde el Departamento de Vivienda y Agenda Urbana del Gobierno vasco hacen alusión a la fianza como "una garantía que la parte arrendataria (inquilina) entrega a la arrendadora para asegurar que se cumplen las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento (alquiler)".
"Una garantía para asegurar que se cumplen las condiciones pactadas en el contrato de arrendamiento"
En esa misma línea, los especialistas de esta entidad indican que "La obligación de depositar la fianza es de quien aparece en el contrato como persona o entidad arrendadora, es decir, la persona o entidad que cede el inmueble en arrendamiento".
"Es obligatorio depositar las fianzas de: Los contratos firmados a partir del 26 de septiembre de 2015 de: Arrendamiento de vivienda habitual (art. 2 de la LAU*): arrendamiento de toda la vivienda para su uso como vivienda habitual de las personas arrendatarias. Arrendamiento para uso distinto de vivienda (art. 3 de la LAU*): arrendamiento de temporada, arrendamiento para actividad profesional, arrendamiento de vivienda cuando el arrendatario es persona jurídica, arrendamiento de local o arrendamiento de pabellón industrial. Las revisiones que se realicen a partir del 26 de septiembre de 2015 de los contratos firmados antes de esta fecha", explican los expertos.
Eso sí, no es obligatorio depositar las fianzas de "Los contratos de arrendamiento de habitaciones, trasteros y/o garajes. Los contratos de arrendamiento en los que el arrendador cede al arrendatario la explotación de su negocio. Los contratos de subarriendo".
Truco para evitar que se queden con la fianza de un contrato de alquiler
Con más de 29.000 visualizaciones y más de 600 me gustas, la publicación del abogado Alberto Sánchez, conocido en redes sociales como @legalmente.rrss, donde en TikTok cuenta con más de 81.000 seguidores, no ha dejado a nadie indiferente. En ella, el experto y creador de contenido explica cómo evitar que se queden con la fianza de un contrato de alquiler.
"Para evitar que te engañen y se queden con tu fianza de un contrato de alquiler hay un truco muy sencillo. El día que entres en la vivienda haz un reportaje de vídeo o fotográfico de estado de la vivienda. Cualquier cosa que esté estropeada o manchada lo tienes que sacar en este reportaje, aparte de lo que no esté. Lo más completo que puedas. Ese reportaje se lo mandas al propietario por email, de esta manera dejas constancia, no solo del estado del inmueble, sino de la fecha en la que hiciste el reportaje y las fotografías. El día de tu salida del inmueble hay que hacer exactamente la misma operación. Fotografías o vídeo del estado del inmueble. De esta forma vas a tener dos juegos de fotografías o de vídeo que van a demostrar exactamente lo que has estropeado y lo que no. Si después el propietario no quiere devolverte la fianza arguyendo cualquier cosa, de puedes demandar. Recuerda que por menos de 2.000 euros no necesitas ni abogado ni procurador, puedes ir directamente a los tribunales y con esta prueba va a ser mucho más fácil que consigas que te devuelva la fianza", explica de manera detallada un abogado inmobiliario.