Nuevo varapalo judicial para Navarra Suma por adoptar medidas unilaterales en la Policía Municipal de Pamplona sin contar con los trabajadores ni la representación sindical.

Si el año pasado el juzgado de lo Contencioso Administrativo declaró nulo de pleno derecho el desmantelamiento de la unidad de Grúas ya que la decisión se tomó sin haberla sometido a la Mesa de Negociación ni consultarla con los representantes sindicales, ahora ha sido a cuenta del Plan de Contingencia que el área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Pamplona puso en marcha el año pasado con motivo de la pandemia.

Aunque dicho Plan de Contingencia no está activo en estos momentos en Policía Municipal, la sentencia anula los cambios de las condiciones de trabajo y la suspensión de los derechos laborales de la plantilla que implicó.

También obligará al Ayuntamiento a diseñar otro plan y a negociarlo con la plantilla en el caso de que decida aplicar medidas contra la covid que supongan cambios del calendario y horarios de los policías.

No ocurrió así en septiembre de 2020, cuando desde Jefatura de Policía Municipal de Pamplona se informó a los sindicatos de su intención de imponer una modificación de horarios y jornadas.

El Ayuntamiento se negó a someter los cambios a negociación al entender que se lo permitía la legislación vigente en ese momento, entre el primer y el segundo estado de alarma, y comenzó a aplicarlo sin haberse reunido la Mesa de Negociación.

Fue entonces cuando se presentó el recurso por parte del Sindicato Independiente de Policías de Navarra (Sipna) y UGT, al considerar que se estaban vulnerando derechos fundamentales relativos a la libertad sindical.

En su resolución, el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 rechaza los argumentos del Ayuntamiento y afirma que el "derecho a la negociación colectiva, que se entiende vulnerado por los recurrentes, forma parte del derecho fundamental a la libertad sindical".

La sentencia establece que los cambios se aprobaron cuando ya había finalizado el primer estado de alarma, que se aprobó el 14 de marzo, y que, tras sucesivas prórrogas, finalizó mediante el 21 de junio.

En dicho contexto se aprobó el acuerdo de Gobierno de Navarra de 19 de junio de 2020 (posteriormente modificado por acuerdo de 26 de agosto de 2010) que el Ayuntamiento de Pamplona sitúa como fundamento al dictado de la resolución recurrida.

Para el juzgado, sin embargo, "se trata de una disposición de carácter genérico, carente de la concreción y especificidad que contenía la regulación vigente bajo el estado de alarma".

El asunto ha sido debatido este martes en la Comisión de Presidencia tras una iniciativa presentada por EH Bildu, que ha sido apoyada por PSN y Geroa Bai, en la que se exige al alcalde Maya que garantice el respeto de los derechos sindicales de la plantilla municipal.

La coalición abertzale ha emitido un comunicado posterior criticando la "actitud unilateral del equipo de Gobierno en su afán por imponer unos cambios en las condiciones laborales de la plantilla municipal, obviando los procedimientos legales para ello, como es la Mesa de Negociación con los sindicatos".