La mediación en estos ámbitos se rige por lo dispuesto en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles. Mientras que la justicia restaurativa, que se ciñe al orden jurisdiccional penal, es un derecho de las víctimas de los delitos, la mediación en el orden jurisdiccional civil (en cualquiera de sus especialidades) se trata de una actividad alternativa de resolución de conflictos. En Navarra, el Reglamento de Asistencia JurÍdica Gratuita incluye la mediación intrajudicial entre las prestaciones subvencionadas a las personas beneficiarias de asistencia jurÍdica gratuita. Durante el año 2021 se han recibido 41 derivaciones de carácter civil, el 75 % de ellas en Pamplona y Aoiz. La mayorÍa de los casos se resuelven positivamente, siendo la tasa de éxito de un 54%. 

La mediación familiar ofrece unas cifras más altas de derivación, estando más consolidada. En 2021 hubo 124 derivaciones, la gran mayoría en Pamplona y Aoiz. La tasa de casos resueltos con acuerdo está ligeramente por debajo del 50%, por lo que hay que estudiar acciones para incrementar esta tasa de resolución positiva. El área de mejora puede estar situado en la intervención de mediación, que es especialmente compleja en los conflictos familiares. En cuanto a la materia de los conflictos derivados, una mayoría se refieren a divorcios y a modificación de medidas de convenio regulador. 

La mediación mercantil solo se ofrece en Pamplona, al ser allí donde se encuentra el Único Juzgado de lo Mercantil del territorio foral. Se trata de un tipo de mediación igualmente compleja, de la que se han recibido 12 casos en 2021. La tasa de viabilidad es muy baja, por lo que hay que revisar el procedimiento de derivación y contacto con las partes. Es probable que se necesite formación específica para mejorar la eficacia de la mediación en el ámbito mercantil.

Protocolo de actuación

El Servicio Público de Justicia restaurativa de Navarra ha dedicado gran parte del año a la elaboración de un nuevo Protocolo Marco de Justicia Restaurativa en Navarra. Este Protocolo ha sido elaborado de forma consensuada con la Comisión de Justicia Restaurativa y con los Colegios de Abogados. El protocolo se centra en 4 objetivos principales, que se concretan en una serie de actuaciones: actualizar la normativa vigente a lo dispuesto en el Estatuto de la Víctima y otras normas, la implicación de todos los operadores jurídicos y de la comunidad, ampliación a todos los delitos y fases del proceso en el que se enmarca y comunicación a la sociedad.