El Consejo de Navarra considera que la ley aprobada por Navarra Suma y el PSN para estabilizar 350 plazas de docentes del PAI, y en la que se aboga por convertir el programa de aprendizaje en inglés en un modelo lingüístico "se adecua al ordenamiento jurídico". La resolución no es vinculante, pero supone un respaldo para las posiciones de los dos grupos proponentes, que sacaron adelante la ley en contra del resto del grupos y de la mayoría sindical, que advierten del riesgo de que el proceso de selección de puestos derive en una "inseguridad jurídica".

La resolución, que se ha difundido esta tarde, señala sin embargo que la proposición de Ley Foral por la que se establecen medidas en materia de selección y provisión de puestos de personal funcionario docente no universitario "es respetuosa con la atribución de competencias al Estado derivada Constitución Española". El Consejo de Navarra señala además que el texto "se acomoda a las competencias de Navarra" y "se muestra acorde con la legislación básica estatal a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional".

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El dictamen no tiene en cualquier caso consecuencias prácticas. La ley ya ha sido aprobada y está en vigor. Cuenta además con el apoyo del Gobierno central, que públicamente ha dado su apoyo a la normativa que ha promovido el PSN, y ni PP ni Vox, los otros dos grupos que podrían hacerlo, han optado por llevarla al Tribunal Constitucional, por lo que su viabilidad jurídica ahora mismo no está cuestionada.

Sí lo habían hecho los socios del Gobierno foral. El informe jurídico había sido solicitado por Geroa Bai, EH Bildu y Podemos. Los tres grupos advertían que crear un cuerpo de profesorado propio al margen del cuerpo estatal, como plantea la ley, y exigir para entrar en el mismo como condición indispensable la titulación de C1 de inglés contraviene la normativa estatal, lo que podría generar problemas en el futuro.

El Consejo de Navarra rebate sin embargo estas argumentaciones, y concluye que, en base a la Amejoramiento, la Comunidad Foral tiene competencias en Función Pública y que por lo tanto puede crear su propio cuerpo de empleados públicos con las condiciones que considere adecuadas. No considera además que el requisito de inglés sea discriminatorio con quienes no tienen la titulación, ni que exigir una lengua extranjera vaya contra el ordenamiento jurídico.

La ley del PAI da así un paso más, avalada también por la reciente OPE de estabilización que tramita el Parlamento. De hecho, la mayor parte de las plazas de profesorado que prevé estabilizar la oferta de empleo público son precisamente las del PAI, con requisito de inglés.

Queda en cualquier caso la vía administrativa, a la que algunos sindicatos u opositores podrían recurrir en el futuro cuando las plazas salgan a concurso. Una opción que no han descartado, pero que tiene también su complejidad jurídica, dado que lo que se analizaría en ese caso sería el marco legal, con la ley ya en vigor y con escaso margen para rebatir su constitucionalidad.

Los argumentos del Consejo de Navarra

El Consejo de Navarra hace suyo así el argumento del Gobierno foral, que ha rebatido las dudas jurídicas apelando a la capacidad de autogobierno. En ese sentido, el órgano consultivo concluye que la Ley del PAI no debe se examinada “desde la regulación de aspectos materiales o sustantivos relativos a la educación”, sino desde “las competencias de Navarra en materia de ordenación del régimen estatutario de la función pública”. Y en ese ámbito el Tribunal Constitucional tiene jurisprudencia en favor de la Comunidad Foral “en el reconocimiento de un derecho histórico”.

“De la jurisprudencia del Tribunal Constitucional se desprende con claridad meridiana que el hecho cierto de que Navarra haya venido ejerciendo competencias, en razón de sus derechos históricos, en materia de organización de la función pública y, más en concreto, de régimen estatutario de los funcionarios”, apunta el Consejo, que matiza que Navarra “no tiene competencias ilimitadas sobre esta materia”.

No obstante, el dictamen señala que “el hecho de que no exista una previsión específica en la normativa estatal relativa al perfil lingüístico de las plazas de funcionarios públicos ni, por consiguiente, a la acreditación de competencias lingüísticas en lenguas extranjeras no debe llevar a concluir inmediatamente que la proposición de Ley Foral vaya más allá del ámbito competencial que le es propio”.

Concluye así que la Comunidad Foral “no está sometida a la totalidad de la legislación básica estatal, sino que sus límites vienen dados por la necesidad de no afectar a la unidad constitucional y el respeto a los derechos y obligaciones esenciales que la legislación básica del Estado reconoce a los funcionarios públicos docentes”.

En ese sentido, y respecto a la exigencia de la titulación C1 de inglés, el Consejo entiende que el requisito “obedece a las necesidades propias del sistema educativo navarro, y la acreditación de manera objetiva de un determinado nivel de competencia lingüística”, que es una “consecuencia lógica” de la convocatoria de dichas plazas y que “no parece afectar al ámbito esencial de los derechos y deberes de los funcionarios”. Se trata por lo tanto de un “requisito adicional” que “no supone modificar ni la estructura básica de los cuerpos docentes, ni las condiciones esenciales de ingreso a los mismos".

Satisfacción del PSN

La resolución ha sido recibida con satisfacción por parte del PSN, que en una nota han celebrado que "el Consejo de Navarra avala el rigor, la seguridad jurídica y la seriedad de los socialistas en la presentación de propuestas que permiten mejorar Navarra".