Otro palo para las iniciativas legislativas de UPN. Otra vez por las dos leyes que presentó al calor de una información, publicada por un medio de Madrid, sobre una persona que ya había cumplido condena por delitos relacionados con el terrorismo y que daba clases en un centro de Tudela.
El Consejo de Navarra ha emitido dos dictámenes que, en resumen, rechazan las iniciativas regionalistas, una de ellas para tratar de impedir que las personas con antecedentes por terrorismo puedan impartir clase, y la otra para cortar ayudas hacia las instituciones que contratan a alguien en estas circunstancias.
El Consejo de Navarra continúa por la brecha que ya abrieron hace dos semanas los servicios jurídicos del Parlamento, y considera que las dos leyes ofrecen “dudas” sobre “su encaje en el marco normativo constitucional”.
El primer informe desmonta epígrafe por epígrafe el intento de UPN de modificar el Decreto Foral Legislativo 251/1993, el del acceso a la docencia. El Consejo de Navarra apunta que “no parece que sea compatible” introducir un cambio así desde Navarra, porque hay que tener en cuenta que el acceso está regido por normativa estatal.
Tampoco considera el Consejo que los antecedentes por terrorismo sean equiparables a los de delitos sexuales, con los que no se puede trabajar de profesor. El Consejo asume que el proselitismo de la violencia terrorista, aun siendo muy pernicioso –en caso de que lo haya–, “no alcanza las cotas de gravedad del delito sexual”. “El condenado por delito de terrorismo no comporta un perfil psicológico como el que presentan el pedófilo o el pederasta, con trastorno psicopático y atracción sexual por los menores de edad”.
Sin alternativas
Tampoco el Consejo ve claro que la iniciativa no vaya contra la igualdad en el acceso a la función pública. Sobre todo, porque la iniciativa regionalista no contempla una posible graduación de mayor o menor limitación en este acceso, sino que directamente impide el acceso.
El Consejo apunta que “se antoja incompatible con el orden constitucional una regla que establezca, con carácter general, la exclusión automática y sin excepción alguna de los condenados por terrorismo”.
El órgano ve la propuesta demasiado drástica, también en cuanto al derecho a la intimidad. La iniciativa de UPN no establece distinciones entre condenados, ni valora “posibles medios alternativos igual de eficaces para conseguir el mismo objetivo con menor sacrificio para los derechos humanos de los afectados”.
Y, por último, ve excesivo tener que acceder al historial delictivo de estas personas, un documento de la más estricta intimidad y que supera con mucho la actual obligación de tener que presentar una resolución de antecedentes negativos. En definitiva, la norma propuesta “no resulta proporcionada”.