El Gobierno de Navarra se opondrá al registro del diseño industrial y de la marca Mano de Irulegi / Irulegiko Eskua ante la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). El Ejecutivo pretende evitar el derecho de uso en exclusividad de la representación o de la denominación por empresas y particulares. Desde que se dio a conocer el hallazgo arqueológico, el 14 de noviembre, se han presentado trece solicitudes para registrar la marca o el diseño industrial relacionadas con el hallazgo arqueológico.

Para intentar evitar que se privatice el uso del hallazgo arqueológico, el Gobierno de Navarra, con el respaldo del Ayuntamiento de Aranguren, encargó un informe a un grupo de expertos en torno a los registros de marca y propiedad industrial de la Mano de Irulegi. “El objetivo era conocer y estudiar acciones que resulten oportunas para defender el libre uso de la representación y denominación del hallazgo arqueológico, frente a la privatización de su uso”, explicó ayer la consejera de Cultura y Deporte, Rebeca Esnaola, quien añadió que “lo que se pretende no es que la exclusividad recaiga en el Ejecutivo, sino defender el libre uso de la representación y denominación de la Mano de Irulegi – Irulegiko Eskua por su importancia como hallazgo arqueológico, etnográfico, patrimonial y cultural”.

13 solicitudes de patentes

En concreto, de las trece solicitudes presentadas, una reclama el registro de diseño industrial para “ornamentación”, y las otras doce se refieren a la marca. De ellas, siete incorporan el término Sorioneku, aparecido en el objeto, y cinco, la expresión La Mano de Irulegi / Irulegiko Eskua, en solitario o acompañada de otros elementos gráficos o denominativos.

La solicitud para registrar el diseño industrial tiene como fin la representación gráfica de la Mano de Irulegi. Al respecto, el informe jurídico hace referencia a la Ley de Protección Jurídica del Diseño Industrial, que señala como susceptible de registro “los diseños que sean nuevos y posean carácter singular”. La ley entiende como nuevo “cuando ningún otro diseño idéntico haya sido hecho accesible al público” antes de la fecha de solicitud. Y “accesible al público, cuando haya sido publicado, expuesto, comercializado o divulgado” antes de la fecha de petición de registro.

El informe señala que al tratarse de un objeto del siglo I a.C. y de autoría anónima y que, además, se había dado a conocer ante el público días antes de la solicitud de registro, no resulta de aplicación en ningún caso la legislación de propiedad intelectual en cuanto al diseño en sí del objeto.

Con respecto al resto de solicitudes de registro de marca, el Gobierno foral presenta oposición a las cinco que pretenden explotar en exclusiva la expresión Mano de Irulegi / Irulegiko Eskua de forma exenta o asociada a otros elementos gráficos. El informe jurídico detalla, caso por caso, los motivos por los que se considera que procede oponerse de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Marcas y en el Real Decreto Legislativo sobre los derechos de la propiedad intelectual.

El Gobierno puede interponer una oposición en vía administrativa ante la oficina de patentes y marcas alegando la falta de novedad en el diseño industrial, en el primer caso, y en cuanto a las solicitudes de marcas, que estas se encuentran afectadas por determinadas prohibiciones de registro que se recogen en la Ley de Marcas, como son su falta de carácter distintivo, el poder inducir al público a error sobre el origen geográfico de un supuesto producto, la identificación de las marcas con personas distintas al solicitante o la vulneración de derechos de propiedad intelectual.

Prrotege el objeto físico, no la expresión 

El informe también advierte que la Ley Foral del Patrimonio Cultural de Navarra protege el objeto físico hallado por ser de dominio público, pero no la expresión “La Mano de Irulegi / Irulegiko Eskua” ni sus representaciones gráficas.

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Exposición de la Mano de Irulegi en el Planetario de Pamplona Patxi Cascante

Cabe recordar que los derechos de propiedad industrial, como marcas o diseños, registrados ante la OEPM otorgan un derecho exclusivo para su titular, lo que impide el uso por terceras personas a quienes se puede impedir el uso de la reproducción o nombre de un objeto para el que se haya autorizado el registro. El modo de impedir la exclusividad es formular ante la OEPM acciones de oposición y, en su caso, acciones declarativas de nulidad, así como monitorizar nuevas solicitudes que pudieran presentarse, que es lo que va a realizar el Ejecutivo.

Como se sabe, la Mano de Irulegi, datada en el siglo I a. C., fue hallada en junio de 2021 en la entrada de una de las viviendas que conformaban los restos de un poblado en Irulegi (Valle de Aranguren) Se trata de una lámina de bronce de 143 milímetros de altura y 127 de anchura de la que se cree que estuvo clavada en la puerta de entrada de la vivienda. En su superficie se aprecian cinco palabras, con 40 signos en total, distribuidas en cuatro líneas. Escritas en un semisilabrario ibérico, se consiguió descifrar la primera de ellas, “Sorioneku”, la inscripción más antigua conocida en lengua vascónica, que podría traducirse al castellano como “de buena fortuna”.