El Gobierno de Navarra se ha propuesto contrarrestar los efectos que tienen sobre el mercado –y los consumidores– los productos agroalimentarios de terceros países que ni están sometidos a los mismos controles que en Europa ni garantizan la calidad de los alimentos.

El departamento de Medio Ambiente y Desarrollo Rural trabaja en un proyecto de ley de Calidad Alimentaria que dispone beneficios fiscales y ayudas para productores locales y consumidores navarros, refuerza los sellos de calidad autóctonos –con denominaciones de origen– y dispone de más mecanismos de control sobre la autenticidad de los alimentos, entre ellos un código sancionador que prevé multas de hasta 300.000 € –las más graves– en caso de estafa alimentaria.

Es un proyecto en el que el departamento lleva trabajando bastante tiempo, que el consejero Aierdi adelantó en un Foro Hiria organizado por este periódico y que ahora acaba de salir a información pública para que todo el que quiera haga sus aportaciones.

"Fomento" de la calidad

La ley tiene 78 páginas. El capítulo más importante tiene que ver con lo que el Gobierno denomina como “fomento”, que va más allá de procurar comer de calidad. Tiene que ver con un estilo de vida saludable, con un arraigo territorial y una inquietud por cuidar a los productores locales.

En Navarra, el sector agroalimentario representa alrededor del 5% del PIB. Son unos 27.000 empleos y unas 1.200 empresas las que compiten con otros actores que no tienen que cumplir los mismos estándares de calidad. Y la competencia no siempre es limpia. Para el fomento, el Gobierno de Navarra piensa en campañas de sensibilización, en tratar de captar a la mayor cantidad de productores posible bajo sellos de calidad y productos “artesanos” –definición muy tasada por la propia ley y que no podrá usarse a la ligera–, y en incentivos para los productores. 

Entre ellos, beneficios fiscales. Hay todo un artículo, el 75, que habilita medidas fiscales y de fomento del consumo por dos vías. En primer lugar, mediante la bonificación total o parcial de dichos alimentos, con unas condiciones específicas pendientes de desarrollar. En segundo lugar, con beneficios fiscales para los operadores del sector agroalimentario cuyos productos estén acogidos a regímenes de calidad, en aquellos tributos que sean competencia de la Comunidad Foral.

El Gobierno, además, introduce una cláusula sensible: dispone que, en todos aquellos contratos públicos que tengan que ver con el suministro de alimentos, el 30% de las cuantías tendrán que destinarse a productos con el sello de calidad que estipula esta ley.

La última medida de fomento fija la puesta en marcha de una agencia navarra para la defensa de la calidad alimentaria. Entre sus funciones está vigilar el etiquetado, también el de los productos “procedentes de terceros estados”, velando por “el respeto y la no discriminación al producto local, con pleno respeto a los principios y disposiciones que regulan la competencia y el funcionamiento del mercado en la Unión Europea”.

Para hacer efectivo todo esto, hay todo un capítulo para sanciones. Los inspectores de calidad alimentaria tendrán la consideración de agente de la autoridad y se estipulan sanciones leves, graves y muy graves para incumplimientos. Estafar con los alimentos, engañar deliberadamente sobre las materias primas o procedencias, puede acarrear una multa de hasta 300.000 €.

LA LEY, EN CORTO

Agencia de calidad. La ley estipula la puesta en marcha de una agencia navarra de defensa de la calidad alimentaria. Entre sus cometidos está la vigilancia del etiquetado y el cumplimiento normativo de los productos de terceros países que no siempre compiten de manera limpia con el producto local.

Código sancionador. La ley desarrolla un amplio capítulo de sanciones para hacer cumplir con la norma. Estipula tres tipos de sanciones: leves, graves y muy graves. Las leves van del apercibimiento hasta los 2.000 €; las graves, de los 2.000,01 € hasta los 30.000 €; y las muy graves de los 30.000,01 € a los 300.000 €.

No confundir al consumidor. La ley tasa mucho el empleo de un término: el de artesano, artesana, artesanal y artesanía. Los productos artesanos, dice la ley, tienen que cumplir unos requisitos para poder denominarse así. Por ejemplo, para ser elaborados no tienen que pasar por muchas máquinas, aunque sí se autorizan algunas. La ley cree que utilizar denominaciones que no son absolutamente precisas pueden generar “confusión” en el consumidor, y eso va en contra de la calidad alimentaria.

Los inspectores serán agentes de autoridad. La ley otorga a los técnicos encargados de la inspección de la calidad alimentaria la categoría de agente de la autoridad. El código sancionador dictamina como graves las faltas de consideración contra los inspectores en el ejercicio de sus funciones.

Productos de montaña y las ‘trampas’ de denominación. La ley tasa, también, la expresión “producto de montaña”. Solo podrá emplearse para productos cuya materia prima y el pienso de los animales provengan fundamentalmente de lugares de montaña. Y en el caso de productos elaborados, que estos se realicen en la montaña. Tampoco podrán usarse términos que “por su similitud fonética, gráfica u ortográfica, puedan inducir a confusión o engaño”, aunque vayan precedidos por los términos “tipo”, “estilo”, “género”, “imitación”, “sucedáneo” u otros análogos.

Ayudas al establecimiento. La ley plantea “conceder ayudas a las empresas artesanales agroalimentarias y a sus asociaciones para las inversiones que precisen para su establecimiento o para la mejora de sus instalaciones”.

Navarra defenderá las ‘cláusulas espejo’. La ley estipula que Navarra defenderá la producción local con “fitosanitarios o medicamentos, entre otros elementos, que aseguren un menor impacto medioambiental y mejores técnicas productivas, que aseguren el bienestar animal, frente a otro tipo de producciones más flexibles en estos aspectos”.