pamplona - La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a 7 años de prisión al director general del grupo Asfi, Iñaki Gil San Sebastián, como autor de un delito continuado de apropiación indebida por haber defraudado más de 1,7 millones de euros de 82 comunidades de propietarios que administraba en la Comarca de Pamplona. El tribunal ha resuelto que la aseguradora Mutua de Propietarios reintegre ese dinero a los perjudicados al considerar que la póliza suscrita por el Colegio de Administradores de Fincas de Navarra cubre el fraude.
La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, da como probado que Gil, siendo administrador de fincas colegiado, “sin consentimiento, ni conocimiento de las comunidades de propietarios que le habían contratado como administrador”, realizó transferencias de las cuentas de las citadas comunidades de propietarios desde el 2 de enero de 2007 hasta el día en que fue inhabilitado el 16 de noviembre de 2012. El destino de ese dinero fueron cuentas a su nombre, o a nombre de las sociedades por él administradas (Asfi Servicios Integrales SL y Asfi Gestión de Proyectos SL) y también distrajo diversos importes del dinero de las comunidades al transferirlo a otras comunidades, igualmente sin causa justificada.
Asimismo, el tribunal encuadra en el delito continuado de apropiación indebida el movimiento de fondos de siete comunidades que fueron transferidos a Asfi Servicios Integrales SL para posteriormente en Asfi Gestión de Proyectos SL constituir una imposición a plazo fijo que sirvió para la concesión de una línea de crédito de 100.000 euros. Y hace lo propio con la distracción de 27.044,45 euros de la promoción de viviendas de protección oficial Agrupación Laraimburua.
No obstante, la resolución absuelve al empresario villavés de un delito de falsedad en documento mercantil continuado (en concurso medial), de un delito de apropiación indebida continuada en concurso medial con un delito de falsedad continuada en documento mercantil, del que le acusaba el Ministerio Fiscal y acusaciones particulares. Asimismo le absuelve de dos delitos continuados de apropiación indebida, de estafa continuada y del delito de corrupción entre particulares, así como del delito de falsedad en documento privado que interesaban las acusaciones particulares.
Al fijar la condena, la sentencia tiene en cuenta que “las cuantías sobre las que ha recaído la apropiación exceden de los 50.000 euros, incluso algunas superiores”: existen seis comunidades en las que el importe distraído asciende a más de 50.000 euros, dos de ellas incluso rebasan los 300.000 euros, y otras dos más los 100.000 euros, cifras que revelan una “gravedad económica fuera de toda discusión”. A ello hay que añadir que “se ha perjudicado a una generalidad de personas, más de ochenta comunidades de vecinos, integradas por mas de mil propietarios”.
En cuanto a la responsabilidad civil, la Audiencia Provincial considera a Mutua de Propietarios como responsable civil directo, por lo que deberá responder de forma conjunta y solidaria con Gil del pago de 1.701.373 euros a los perjudicados, todo ello sin perjuicio de las devoluciones o compensaciones que pudieran proceder por las cantidades que las comunidades de propietarios hayan recibido o puedan recibir de otras comunidades. Asimismo y hasta la cantidad de 25.000 euros, la sentencia declara la responsabilidad civil directa de Crédito y Caución, de forma conjunta y solidaria con el acusado.